Entrega de contribuciones financieras a las asociaciones de consumidores

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ARGENTINA (AndeanWire, 15 de Diciembre de 2016) La Secretaría de Comercio publicó la resolución 439/ 2016, que estipula el pago de contribuciones financieras a las entidades reempadronadas en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores

La Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción de la Nación publicó la resolución 439/ 2016, que estipula el pago de contribuciones financieras y sus respectivos montos a las asociaciones de consumidores reempadronadas en el Registro Nacional de Asociaciones.

En mayo de este año la Secretaría había publicado la resolución 90/2016, que establece una nueva serie de requisitos para que las asociaciones se reinscriban. Entre ellos, poseer una sede física no vinculada a tareas profesionales o actividades políticas; disponer de atención presencial para los consumidores en su propia sede; poseer un dominio de Internet propio y ofrecer vías de contacto como líneas telefónicas, correo electrónico y/o redes sociales.

“Desde el año 1999 los requisitos no se actualizaban. Por eso establecimos nuevos criterios que apuntan a mejorar el funcionamiento de las asociaciones” dijo el director nacional de Defensa del Consumidor, Fernando Blanco Muiño. “Con esta nueva normativa apuntamos a organizaciones más modernas y transparentes. El objetivo es que las asociaciones tengan una verdadera representación federal, para llegar a la mayor cantidad de consumidores del país”, agregó.

“Es importante destacar que las contribuciones financieras actuales a las asociaciones constituye el mayor aporte realizado desde el Estado Nacional desde que la normativa se encuentra vigente”, afirmó Blanco Muiño.

Pago de contribuciones financieras

Para otorgar las contribuciones, la Secretaría de Comercio tomó como base un criterio homogéneo y equitativo de evaluación. Tuvo en cuenta antecedentes y acciones realizadas por las organizaciones en materia de protección al consumidor: asesoramiento, acompañamiento en la gestión de reclamos, presentación de demandas particulares y colectivas en su defensa y organización de cursos y conferencias y el detalle de planes de acción a futuro, entre otras.

 

Fuente: Ministerio de Producción

Source: AW-Argentina